¿Es obligatoria la mediación familiar antes de demandar?

La mediación familiar es una etapa previa obligatoria antes de presentar determinadas demandas ante los tribunales de familia. Sin embargo, no todos los conflictos familiares deben pasar necesariamente por una mediación.

En Chile, la obligación se aplica principalmente a demandas relacionadas con pensión de alimentos, cuidado personal y relación directa y regular.

¿En qué materias es obligatoria la mediación familiar?

Antes de presentar una demanda, generalmente debe intentarse una mediación en las siguientes materias:

  • Fijación, aumento, rebaja o cese de pensión de alimentos.
  • Cuidado personal de hijos e hijas.
  • Relación directa y regular, también conocida como régimen de visitas.

El objetivo es que las personas puedan buscar una solución mediante el diálogo antes de iniciar un juicio.

Que la mediación sea obligatoria como etapa previa no significa que exista obligación de llegar a un acuerdo.

¿Qué significa que la mediación sea obligatoria?

Significa que, antes de demandar en alguna de las materias señaladas, debe acreditarse que se intentó resolver el conflicto mediante mediación.

Las personas deben participar voluntariamente en la búsqueda de una solución. El mediador no puede imponer condiciones, decidir por ellas ni obligarlas a aceptar una propuesta.

La obligación consiste en intentar el procedimiento, no en alcanzar necesariamente un acuerdo.

¿Qué ocurre si se alcanza un acuerdo?

Cuando ambas personas llegan a un acuerdo, el mediador prepara el acta correspondiente para que sea revisada y posteriormente presentada al tribunal.

El tribunal debe revisar su contenido y determinar si corresponde aprobarlo.

Una vez aprobado, el acuerdo puede producir efectos jurídicos y ser exigible en los términos establecidos por el tribunal.

¿Qué ocurre si no existe acuerdo?

Cuando se realiza la sesión, pero las personas no logran llegar a una solución, el procedimiento termina sin acuerdo.

En ese caso, se extiende el documento que acredita que la mediación terminó frustrada. Con este antecedente, la persona interesada podrá evaluar la presentación de una demanda ante el tribunal de familia.

La mediación frustrada no determina quién tiene la razón. Solo acredita que no fue posible alcanzar un acuerdo mediante este procedimiento.

¿Qué ocurre si la otra persona no asiste?

Cuando una de las personas no comparece, el mediador debe revisar los antecedentes de la citación y determinar si corresponde realizar nuevas gestiones o finalizar el procedimiento.

Si no es posible efectuar la sesión, puede extenderse un acta de mediación frustrada.

Puedes revisar este tema con mayor detalle en el artículo: ¿Qué pasa si la otra persona no asiste a una mediación familiar?

¿Se puede demandar directamente sin realizar mediación?

En las materias sometidas a mediación previa obligatoria, normalmente no corresponde presentar directamente la demanda sin acreditar que se realizó o intentó previamente este procedimiento.

Si falta ese antecedente, la presentación podría no cumplir con uno de los requisitos necesarios para iniciar correctamente la tramitación judicial.

Por eso es importante revisar previamente la materia concreta y los antecedentes del caso.

¿Todas las materias de familia requieren mediación previa?

No. Existen conflictos familiares que, por su naturaleza o por disposición legal, no se tramitan mediante mediación previa obligatoria.

Además, pueden existir situaciones especiales en las que no resulte legalmente procedente realizar una sesión, como determinados casos relacionados con violencia intrafamiliar u otros impedimentos establecidos por la normativa.

Cada caso debe analizarse individualmente antes de iniciar el procedimiento.

¿Qué ocurre si existe violencia intrafamiliar?

Cuando existen antecedentes de violencia intrafamiliar que legalmente impiden desarrollar una mediación, deben proporcionarse los datos y documentos necesarios para revisar la situación.

Si no corresponde efectuar una sesión, se tramita el procedimiento y se extiende el acta de mediación frustrada respectiva.

En estos casos, no se debe forzar un encuentro entre las personas cuando exista un impedimento legal para realizarlo.

¿Necesito abogado para participar en una mediación?

No siempre es obligatorio asistir acompañado de abogado. Sin embargo, una asesoría previa puede ser útil para comprender el procedimiento, evaluar propuestas y conocer las consecuencias jurídicas de un eventual acuerdo.

En Mediando Araucanía se ofrece asesoría en mediación familiar por un valor de $25.000 para personas que:

  • Están evaluando si la mediación es adecuada.
  • Fueron citadas y desean prepararse antes de participar.
  • Necesitan comprender el proceso y sus posibles resultados.

¿Cómo iniciar una mediación familiar en La Araucanía?

El procedimiento comienza con la recopilación de antecedentes, preparación del caso y gestiones de contacto y citación.

En Mediando Araucanía, el abono inicial para comenzar la tramitación es de $50.000.

Puedes revisar detalladamente las etapas, valores y posibles resultados en la guía completa de mediación familiar en La Araucanía.

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David Marilaf Heyden

Abogado y mediador familiar privado habilitado en La Araucanía.

Licenciado en Ciencias Jurídicas; abogado, título otorgado por la Excma. Corte Suprema; Magíster en Derecho Público, mención Derecho Administrativo Avanzado y Litigación; y Diplomado en Mediación y Derecho de Familia.

Información importante: la información publicada es de carácter general, no constituye asesoría legal y debe revisarse atendiendo a los antecedentes particulares de cada caso. Última actualización del contenido: julio 23, 2026.