¿Cómo funciona una mediación por pensión de alimentos en La Araucanía?

La mediación por pensión de alimentos permite que las personas intenten acordar voluntariamente el monto, forma de pago y demás condiciones relacionadas con la manutención de un hijo, hija u otro alimentario.

En Chile, la mediación es generalmente una etapa previa obligatoria antes de presentar una demanda de alimentos. Sin embargo, la obligación consiste en intentar el procedimiento, no en alcanzar necesariamente un acuerdo.

¿Qué se puede acordar en una mediación de alimentos?

Durante la mediación pueden tratarse aspectos como:

  • Monto mensual de la pensión.
  • Fecha de pago.
  • Forma de pago.
  • Cuenta bancaria donde se realizarán los depósitos.
  • Distribución de gastos médicos.
  • Gastos escolares.
  • Matrícula y mensualidades.
  • Uniformes y útiles escolares.
  • Medicamentos y tratamientos.
  • Actividades extracurriculares.
  • Gastos extraordinarios de la pension de alimentos
  • Forma de reajustar el monto.
  • Otros aportes aceptados por ambas personas.

Las condiciones deben quedar redactadas claramente para evitar diferencias posteriores respecto de su cumplimiento.

¿Qué tipos de mediación sobre alimentos pueden realizarse?

Dependiendo del caso, la mediación puede referirse a:

  • Fijación de pensión de alimentos.
  • Aumento de pensión de alimentos.
  • Rebaja de pensión de alimentos.
  • Cese de pensión de alimentos.
  • Modificación de la forma de pago de la pensión de alimentos.
  • Distribución de gastos extraordinarios.
  • Revisión de un acuerdo anterior.

Cuando ya existe una resolución o acuerdo aprobado, debe revisarse su contenido antes de proponer una modificación.

¿La mediación es obligatoria antes de demandar por alimentos?

Generalmente, antes de presentar una demanda relacionada con pensión de alimentos debe intentarse una mediación familiar.

Esto no significa que las personas estén obligadas a aceptar una propuesta. El mediador no puede imponer un monto ni decidir qué persona tiene la razón.

Si no existe acuerdo, se extiende el documento que acredita que la mediación terminó frustrada y la persona interesada podrá evaluar los pasos judiciales correspondientes.

Puedes revisar este tema en ¿Es obligatoria la mediación familiar antes de demandar?.

¿Cómo comienza una mediación por pensión de alimentos?

El procedimiento comienza cuando la persona interesada entrega los antecedentes necesarios para identificar a las personas involucradas, comprender la materia y preparar las citaciones.

Generalmente se solicitan datos como:

  • Nombre completo.
  • Número de cédula de identidad.
  • Domicilio.
  • Teléfono.
  • Correo electrónico.
  • Datos del hijo, hija o alimentario.
  • Información de la otra persona.
  • Materia que se desea mediar.
  • Existencia de acuerdos o causas anteriores.
  • Antecedentes económicos relevantes.

Entregar información completa y actualizada facilita el contacto y evita retrasos.

¿Qué documentos conviene reunir?

En una mediación sobre alimentos pueden resultar útiles:

  • Liquidaciones de sueldo.
  • Boletas de honorarios.
  • Comprobantes de ingresos.
  • Antecedentes de cesantía.
  • Comprobantes de arriendo o dividendo.
  • Gastos de educación.
  • Gastos de salud.
  • Medicamentos.
  • Alimentación.
  • Vestuario.
  • Transporte.
  • Actividades extracurriculares.
  • Información sobre otras cargas familiares.
  • Comprobantes de pagos anteriores.
  • Resoluciones o acuerdos vigentes.
  • Liquidaciones de deuda, cuando sean pertinentes.

No siempre será necesario utilizar todos estos documentos. Su importancia dependerá de la situación concreta y de las propuestas que se formulen.

Puedes revisar una lista más amplia en ¿Qué documentos necesito para una mediación familiar en La Araucanía?.

¿Cómo se determina el monto de la pensión?

El monto no lo decide el mediador.

Durante la sesión, las personas pueden formular propuestas considerando antecedentes como:

  • Necesidades del hijo o hija.
  • Gastos mensuales.
  • Gastos extraordinarios.
  • Ingresos de las personas involucradas.
  • Capacidad económica.
  • Otras cargas familiares.
  • Acuerdos o resoluciones anteriores.
  • Forma en que actualmente se distribuyen los gastos.

El mediador ayuda a ordenar la conversación y precisar las condiciones, pero el acuerdo depende de la voluntad de ambas personas.

¿Qué gastos del hijo o hija deben considerarse?

Dependiendo del caso, pueden revisarse gastos relacionados con:

  • Alimentación.
  • Vivienda.
  • Educación.
  • Salud.
  • Medicamentos.
  • Transporte.
  • Vestuario.
  • Higiene.
  • Recreación.
  • Actividades deportivas.
  • Apoyo educativo.
  • Tratamientos especiales.
  • Otros gastos necesarios para su desarrollo.

Es recomendable distinguir entre gastos mensuales habituales y gastos extraordinarios que se producen ocasionalmente.

¿Qué son los gastos extraordinarios?

Son gastos que no necesariamente se producen todos los meses o que pueden variar según las circunstancias.

Por ejemplo:

  • Tratamientos médicos.
  • Exámenes.
  • Medicamentos especiales.
  • Matrícula escolar.
  • Uniformes.
  • Útiles escolares.
  • Actividades extraordinarias.
  • Lentes.
  • Tratamientos dentales.
  • Emergencias médicas.

En el acuerdo debe indicarse claramente qué gastos serán considerados extraordinarios, cómo se distribuirán y qué comprobantes deberán entregarse.

¿Cómo debe establecerse la forma de pago?

Para evitar futuros conflictos, el acuerdo debe señalar con precisión:

  • Monto de la pensión.
  • Día de pago.
  • Cuenta bancaria.
  • Persona titular de la cuenta.
  • Forma de acreditar el pago.
  • Reajuste, cuando corresponda.
  • Forma de pagar gastos extraordinarios.
  • Plazo para informar y reembolsar esos gastos.

No es recomendable utilizar expresiones ambiguas que permitan interpretaciones diferentes.

¿Qué ocurre durante la sesión?

Durante la sesión, el mediador explica el procedimiento y escucha las posiciones de ambas personas.

Posteriormente pueden revisarse:

  • Necesidades del hijo o hija.
  • Ingresos y gastos.
  • Monto propuesto.
  • Fecha y forma de pago.
  • Gastos extraordinarios.
  • Antecedentes anteriores.
  • Alternativas de solución.

El mediador puede ayudar a aclarar propuestas y redactar condiciones comprensibles, pero no puede obligar a aceptar un monto determinado.

¿Puedo pedir una pensión más alta o más baja?

Cada persona puede formular la propuesta que considere adecuada, pero debe estar preparada para explicar sus fundamentos.

Una propuesta puede analizarse considerando:

  • Gastos acreditables.
  • Situación económica actual.
  • Cambios producidos desde el acuerdo anterior.
  • Nuevas necesidades.
  • Disminución o aumento de ingresos.
  • Existencia de otras cargas familiares.
  • Circunstancias especiales del hijo o hija.

La mediación permite conversar sobre estas diferencias, pero el acuerdo solo existe cuando ambas personas aceptan las condiciones.

¿Cómo funciona un aumento de pensión de alimentos?

Cuando se solicita un aumento, normalmente deben explicarse los cambios que justifican modificar el monto vigente.

Pueden ser relevantes:

  • Aumento de gastos escolares.
  • Nuevos tratamientos médicos.
  • Mayor costo de alimentación o transporte.
  • Cambio de establecimiento educacional.
  • Nuevas necesidades del hijo o hija.
  • Variación en la situación económica de las personas.

También debe revisarse la resolución o acuerdo que fijó la pensión actual.

¿Cómo funciona una rebaja de pensión de alimentos?

Cuando una persona solicita una rebaja, debe explicar el cambio ocurrido en su situación.

Pueden resultar relevantes:

  • Disminución acreditable de ingresos.
  • Cesantía.
  • Incapacidad laboral.
  • Nuevas cargas familiares.
  • Gastos médicos importantes.
  • Modificaciones en las necesidades del alimentario.
  • Otros cambios posteriores al acuerdo vigente.

La rebaja no se produce automáticamente por el solo hecho de solicitarla. Durante la mediación debe existir aceptación de ambas personas para alcanzar un acuerdo.

¿Cómo funciona un cese de pensión de alimentos?

El cese debe analizarse según los antecedentes concretos.

Pueden resultar relevantes:

  • Edad del alimentario.
  • Estudios actuales.
  • Independencia económica.
  • Situación laboral.
  • Resolución que fijó la pensión.
  • Circunstancias especiales.
  • Otros antecedentes jurídicamente relevantes.

No debe asumirse que la obligación termina automáticamente solo por alcanzar una determinada edad. Cada caso requiere revisión.

¿Qué ocurre si se alcanza un acuerdo?

Cuando ambas personas aceptan las condiciones, el mediador prepara el acta de acuerdo.

Esta puede incluir:

  • Monto.
  • Fecha de pago.
  • Cuenta bancaria.
  • Forma de reajuste.
  • Distribución de gastos extraordinarios.
  • Otras obligaciones aceptadas.

En Mediando Araucanía, el acta se entrega para revisión en menos de 24 horas.

Después de su revisión se presenta al tribunal en menos de 24 horas. Las observaciones o solicitudes del tribunal se gestionan hasta obtener la aprobación, sin aumentar el valor del servicio.

El tiempo final de aprobación depende del tribunal.

¿El acuerdo debe ser aprobado por el tribunal?

Sí. El acuerdo alcanzado en mediación debe presentarse al tribunal competente para su revisión y eventual aprobación.

El tribunal puede:

  • Aprobarlo.
  • Solicitar aclaraciones.
  • Formular observaciones.
  • Requerir modificaciones.
  • Pedir antecedentes adicionales.

Una vez aprobado, puede producir efectos jurídicos y exigirse su cumplimiento en los términos establecidos.

¿Qué ocurre si no existe acuerdo?

Si las personas participan, pero no aceptan una solución común, la mediación termina frustrada.

En ese caso:

  • No se fija una pensión mediante la mediación.
  • No se imponen obligaciones.
  • El mediador no decide quién tiene la razón.
  • Se extiende el documento correspondiente.
  • Puede evaluarse posteriormente la presentación de una demanda.

Puedes revisar este resultado en ¿Qué ocurre si existe sesión, pero no hay acuerdo en una mediación familiar?.

¿Qué ocurre si la otra persona no asiste?

Cuando una persona no participa, el procedimiento no siempre termina inmediatamente.

El mediador debe revisar:

  • Las gestiones de contacto.
  • Los datos proporcionados.
  • La citación efectuada.
  • La existencia de una justificación.
  • La posibilidad de fijar una nueva fecha.

Cuando no es posible realizar la sesión, se extiende el documento que acredita que la mediación terminó frustrada.

Puedes revisar más detalles en ¿Qué pasa si la otra persona no asiste a una mediación familiar?.

¿Necesito abogado para participar?

No siempre es obligatorio asistir acompañado de abogado. Sin embargo, una asesoría previa puede ayudar a:

  • Revisar los antecedentes.
  • Preparar una propuesta.
  • Comprender los efectos del acuerdo.
  • Evaluar montos y condiciones.
  • Identificar aspectos que deben quedar claramente redactados.
  • Evitar aceptar obligaciones que no se comprenden.

En Mediando Araucanía, la asesoría en mediación familiar tiene un valor de $25.000.

¿La mediación puede realizarse online?

Sí. La atención se realiza principalmente mediante videollamada.

Para participar se necesita:

  • Teléfono, computador o tablet.
  • Cámara y micrófono.
  • Conexión estable a internet.
  • Lugar privado.
  • Cédula de identidad.
  • Documentos relevantes.
  • Tiempo suficiente para participar.

Puedes revisar esta modalidad en ¿Cómo funciona la mediación familiar online?.

¿Cuánto cuesta una mediación de alimentos?

En Mediando Araucanía, los valores son:

  • Asesoría en mediación familiar: $25.000.
  • Abono inicial del procedimiento: $50.000.
  • Procedimiento sin sesión: $50.000 en total.
  • Valor adicional cuando se realiza una sesión: $75.000.
  • Procedimiento con sesión: $125.000 en total, exista o no acuerdo.
  • Preparación y presentación del acuerdo al tribunal: incluida.
  • Gestión de observaciones del tribunal: incluida.

Puedes revisar todos los valores en ¿Cuánto cuesta una mediación familiar en La Araucanía?.

¿Cuánto demora el procedimiento?

La duración dependerá de:

  • Entrega de antecedentes.
  • Contacto con la otra persona.
  • Disponibilidad de ambas partes.
  • Realización de la sesión.
  • Existencia o no de acuerdo.
  • Observaciones del tribunal.
  • Tiempo de aprobación judicial.

Puedes revisar este tema en ¿Cuánto demora una mediación familiar en La Araucanía?.

¿Cómo prepararse para la sesión?

Antes de participar, conviene:

  • Ordenar los gastos.
  • Reunir comprobantes.
  • Revisar ingresos.
  • Preparar un monto concreto.
  • Definir la fecha y forma de pago.
  • Pensar cómo se distribuirán los gastos extraordinarios.
  • Revisar acuerdos anteriores.
  • Identificar qué aspectos pueden negociarse.
  • Solicitar asesoría cuando existan dudas.

Puedes ampliar esta información en ¿Cómo prepararse para una mediación familiar?.

Conoce el procedimiento completo

Puedes revisar las etapas, valores y resultados posibles en la guía completa de mediación familiar en La Araucanía.

Si todavía no existe una pensión regulada, revisa cómo funciona la fijación de pensión de alimentos en La Araucanía.

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Recibe atención directa de David Marilaf Heyden, abogado y mediador familiar, sin intermediarios.

El servicio cuenta con presencia regional en La Araucanía, atención principalmente online, emisión de boleta de servicios y disponibilidad de horas en menos de 24 horas.

David Marilaf Heyden

Abogado y mediador familiar privado habilitado en La Araucanía.

Licenciado en Ciencias Jurídicas; abogado, título otorgado por la Excma. Corte Suprema; Magíster en Derecho Público, mención Derecho Administrativo Avanzado y Litigación; y Diplomado en Mediación y Derecho de Familia.

Información importante: la información publicada es de carácter general, no constituye asesoría legal y debe revisarse atendiendo a los antecedentes particulares de cada caso. Última actualización del contenido: julio 27, 2026.

Comparecencia personal y participación de abogados

La mediación familiar es personalísima. La persona solicitante y la persona solicitada deben participar directamente en la sesión. Un abogado no puede comparecer en reemplazo de una de ellas, representarla durante la mediación ni sustituir su voluntad.

La presencia de abogados puede admitirse únicamente como acompañamiento y bajo la dirección del mediador. No actúan como litigantes: no dirigen la sesión, no interrogan a la otra parte, no controlan la conversación, no negocian en reemplazo de las personas ni ejercen presión.

La asistencia debe respetar efectivamente la igualdad entre quienes participan. No corresponde permitir que una parte intervenga asistida por abogado mientras la otra quede en desventaja. Si se autoriza esta modalidad, ambas partes deben contar con condiciones equivalentes de participación.

Revisar la guía específica sobre asistencia con abogado

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